El derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivoComprende el acceso a los servicios de salud de manera oportuna, eficaz y con calidad para la preservación, el mejoramiento y la promoción de la salud. Ley Estatutaria de Salud.​​

El Ministerio de Salud y Protección Social, en cumplimiento de la Ley Estatutaria 1751 de 2015, ha fortalecido el desarrollo del Sistema Integrado de Información de la Atención Primaria en Salud SI-APS, por medio del cual se organiza e integra la información de los sujetos de derecho (personas, familias y comunidades) y se da uso a todos los recursos en términos de datos y tecnología de que dispone este Ministerio para la garantía del derecho; el SI-APS consolida información poblacional, de gestión técnica y financiera e integra las fuentes de información relacionadas con cada componente, todo lo anterior en el marco de la seguridad de los datos (Habeas Data) y la sostenibilidad financiera del Sistema, lo que facilita que todos los actores continúen haciendo uso de ella de manera gratuita.​

Observatorio SI-APS​​​​

Las cifras presentadas en los tableros de control corresponden a datos nominales reportados por las Prestadoras de Servicios de Salud (IPS). Estas instituciones avanzan en el reporte nominal, el cual inició en abril de 2024. La calidad y la oportunidad de los datos presentados están sujetas a cambios según los reportes realizados por las mismas.​


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